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Salou multará a los comercios que no respeten la estética de la vía pública

Las infracciones se cifran en 300 euros de multa

miércoles 28 marzo 2012

El pleno del Ayuntamiento de Salou de este mediodía ha aprobado por unanimidad una modificación de la ordenanza cívica y de convivencia para incluir un apartado que hace referencia a la estética de los establecimientos comerciales del municipio. Así, se han modificado algunos de los artículos con el ánimo de conseguir mejorar la estética visual del entorno del municipio. La nueva ordenanza determina que como protección del entorno urbano queda prohibido en el conjunto del término municipal de Salou los actos y aprovechamientos de reclamos o mercancías en fachada, en la parte exterior de los cerramientos y / o toldos de los establecimientos comerciales y de servicios. Para la concejala de Comercio, Reyes Pino, "se trata de una medida especialmente demandada por los comerciantes porque son conscientes de que la estética es un buen reclamo para el comercio de calidad que ellos buscan y por el cual nosotros también apostamos como administración", dijo. Según la ordenanza, aquellos establecimientos que sean reincidentes recibirán una multa de 300 euros.
Para el concejal de Gestión de Territorio y Ocupación de la Vía pública, Marc Montagut, esta medida ha tenido que adoptarse ante los excesos que hacen algunos comercios y establecimientos, después de que se pusiera ya en marcha un plan especial del equipamiento comercial ahora hace un año. "Atendiendo el incremento de actividades dedicadas a la venta de artículos de recuerdo en lugar de significar una especialización con una mayor profundidad de la oferta, ha derivado en una banalización de numerosas actividades especialistas", ha añadido el concejal. La normativa también tendrá presente la actividad de algunos locales que exhiben una deficiente imagen exterior y, con unas condiciones tan exiguas en el interior de los establecimientos que han acabando afectando a las mismas vías públicas, transformadas en salas de espera de los establecimientos que generan molestias e incomodidades para una pacífica convivencia ciudadana.
En cuanto a otros aspectos de estética, la modificación de la ordenanza también recoge un artículo más donde se determina que no se podrá colocar y / o almacenar en los balcones y terrazas o similares con afectación en la vía pública, utensilios u objetos, suciedad y / o cualquier otro objeto que degrade al entorno o sea perjudicial para la salud de las personas o pueda convertirse en peligroso. También queda prohibido extender y secar ropa sobrepasando la línea de fachada o que sea visible desde la vía pública, así como colgar y / o colocar cualquier otro objeto que sea contrario a la estética de la vía pública y del entorno o que sobresalga de las fachadas de las casas o de las puertas de las tiendas, salvo autorización municipal ".

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CC_Andorra_3b.JPG
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