El POUM
¿Qué es el POUM?
El Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) es un instrumento de ordenación integral del municipio que debe permitir planificar el desarrollo del territorio y que, por tanto, afecta, directamente, al conjunto de la población de Salou y su entorno inmediato.
Corresponde a los planes de ordenación urbanística, entre otros aspectos:
- Clasificar el suelo, con vistas al establecimiento del régimen jurídico correspondiente.
- Definir el modelo de implantación urbana y las determinaciones para el desarrollo urbanístico.
- Definir la estructura general que hay que aportar para la ordenación urbanística del territorio.
- Establecer las pautas para desarrollarlo.
- Determinar las circunstancias que pueden producir la modificación o la revisión.
El POUM define diferentes aspectos de la ciudad, como sus calles, sus edificios, parques y equipamientos, pero, también, su entorno rural y su relación física con los municipios vecinos.
El POUM hace previsiones y establece regulaciones en materias que afectan, de una manera o de otra, a todos los vecinos de la ciudad: ordenación de los espacios públicos (calles, plazas, etc.) y de las construcciones, vivienda, infraestructuras, equipamientos públicos (escuelas, centros de salud,...), patrimonio arquitectónico, movilidad, espacios libres y zonas verdes y protección del medio natural. Clasifica las diversas partes del término municipal en suelo urbano, urbanizable (apto para su transformación en suelo urbano) y no urbanizable (que no puede ser urbanizado y debe gozar de una protección especial); y establece los usos y las actividades que se pueden llevar a cabo en cada uno de ellos.
La legislación urbanística vigente establece, con precisión, el procedimiento de tramitación del planeamiento y fija unos mecanismos de participación de la ciudadanía y de las instituciones durante el proceso de elaboración del documento.
Estos mecanismos tienen como objetivos:
a) Posibilitar la participación, por el hecho que el planeamiento incide en la regulación de la propiedad privada y condiciona el futuro desarrollo de la calidad de vida, y
b) Contribuir a dar una legitimidad democrática a los planes, como también influir en la eficacia, que se tiene que ver favorecida por el hecho del conocimiento de la norma.
¿Por qué se revisa el POUM?
El día 27 de octubre de 2021 el Pleno del Ayuntamiento de Salou adoptó el acuerdo de inicio del proceso de redacción de la Revisión del Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM). Esta decisión se fundamenta, principalmente, en los siguientes motivos:
- Consolidación del POUM anterior
El POUM vigente se aprobó en fecha 1 de octubre de 2003 y se publicó en el DOGC de fecha 19 de diciembre del mismo año.
Habiendo pasado 18 años desde su entrada en vigor, gran parte de aquel planeamiento ya se ha desarrollado y ejecutado, y el que queda para desarrollar hay que replantearlo, poniendo la mirada en las actuales necesidades de la población, que, desde entonces hasta ahora, ha crecido considerablemente, pasando de una población de alrededor de 17.000 habitantes, en el 2003, a los casi 30.000 habitantes actuales.
- Respuesta a nuevos retos
Los cambios socioeconómicos que se están sucediendo a nivel global, obliga al planeamiento general a adaptarse, si bien la revolución tecnológica y las previsiones de los efectos negativos del cambio climático hacen que los escenarios con horizonte a largo plazo sean inciertos. En este sentido, y no siendo previsible un incremento muy elevado de la población, no se plantea un planeamiento muy extensivo, sino que se plantea un POUM de transición entre la situación actual y futura, como puente para adoptar ciertas medidas que, durante estos años, nos hagan ser más competitivos, más sostenibles y nos ayuden a mejorar la salud y la calidad de vida de las personas.
- Modificaciones no refundidas
Nos encontramos ante un documento que ha sufrido, aproximadamente, 50 modificaciones, por el qué, para una mejor comprensión, se hace necesario hacer un refundido del texto normativo vigente, mejorando la técnica legislativa y evitando tener que remitirnos a diferentes documentos, lo cual puede comportar confusiones innecesarias.
- Modificación de la legislación y planeamiento superior
Desde la aprobación del POUM, en 2003, se han sucedido numerosos cambios legislativos, que afectan, no solo al urbanismo, sino a toda una serie de materias sectoriales que inciden, transversalmente, en la ciudad, las cuales se tienen que introducir en la normativa del planeamiento municipal. Además, habría que adaptar el POUM al planeamiento superior, como, por ejemplo, los Planes territoriales y los Planes directores, que se han ido aprobando durante estos años, y a aquellos otros que, actualmente, están en tramitación y que a buen seguro entrarán en vigor antes de la aprobación de la presente revisión.
- Actualización cartografía
Finalmente, la cartografía de base sobre la que se realizó el POUM 2003 ha quedado obsoleta y no representa, en la mayoría del territorio, la realidad física actual, hecho que comporta una continua problemática en su gestión.
Hace falta, por lo tanto, una actualización de la base cartográfica, tanto para ajustarse a la realidad, como para adecuarse a los formatos requeridos por los trámites que utilizan nuevas tecnologías.
A la vez, facilitará la comunicación y transparencia de la información urbanística al ciudadano.
Hace falta, por lo tanto, un nuevo instrumento que sirva para ordenar el crecimiento y desarrollo sostenible del municipio, a corto y medio plazo, y que establezca herramientas de transformación urbana para el futuro inmediato de Salou.
Estado del trámite
FORMULACIÓN |
FECHAS |
1. INICIO | |
Acuerdo de Pleno de inicio de los trabajos | 27/10/2021 |
Acuerdo de Pleno de aprobación del Programa de Participación Ciudadana | 27/10/2021 |
2. ANÁLISIS | |
3. DIAGNOSIS | |
4. CRITERIOS Y OBJETIVOS | |
5. AVANCE DE POUM | |
Información pública | |
6. REDACCIÓN DOCUMENTO APROBACIÓN INICIAL | |
APROBACIÓN |
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1. APROBACIÓN INICIAL | |
Acuerdo de Pleno de aprobación Inicial |
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Periodo de Información Pública para la presentación de alegaciones |
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Solicitud informes Organismos Sectoriales |
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2.APROBACIÓN PROVISIONAL |
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Resolución de las alegaciones |
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Redacción del Documento por aprobación provisional con la incorporación de las modificaciones que resulten de la estimación de las alegaciones y de las prescripciones de los informes de los Organismos sectoriales |
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Acuerdo de Declaración ambiental estratégica por parte del Departamento de Territorio y sostenibilidad |
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Solicitud informe a CTUT (Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona) |
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Acuerdo de Pleno de aprobación provisional |
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3.APROBACIÓN DEFINITIVA |
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Acuerdo de la Comisión territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona |
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PUBLICACIÓN |