Sanciones por ensuciar la vía pública
Desde agosto de 2018, Salou dispone de una nueva Ordenanza de Civismo y Convivencia que dice basta a los actos incívicos que se llevan a cabo en la vía pública, como es el caso del tratamiento de los residuos en la calle y la acumulación de trastos. Esta ordenanza permite imponer sanciones desde 100 hasta 4000 euros a las personas/empresas que no cumplan con las normas establecidas en cuanto a la correcta disposición de residuos y la basura.
Conductas sancionables
En el Capítulo III relativo a la degradación visual del entorno en el artículo 15 apartado 2 de la ordenanza se prevén las siguientes acciones como sancionables:
-Tirar o ensuciar la vía con residuos o cualquier objeto que la ensucie. Cuando los objetos tirados en la vía pública sean susceptibles de ocasionar un grave daño la infracción se calificará como muy grave.
Y posteriormente, en el artículo 15 apartado 10 se detallan las siguientes conductas sancionables:
-Tirar y/o depositar basura en lugares públicos o fuera de los contenedores y papeleras tal efectos según establece la normativa reguladora.
-Transferir los contenedores del servicio municipal de recogida de residuos cualquier tipo de materiales o desechos de construcción. Siempre se deberá acreditar que la gestión de este tipo de residuos se ajusta a la normativa vigente. Será preceptiva la utilización de contenedores homologados para obras cuando los materiales de extracción o recogida excedan del volumen de 1 m3 y sometida a tramitación del correspondiente permiso de ocupación de la vía pública.
-Utilizar por parte de los establecimientos comerciales los contenedores de recogida selectiva de papel y cartón de la calle y/o no dejar el cartón bien doblado, apilado, enfardado, encuadernado o con cinta adhesiva delante o dentro del establecimiento comercial.
Aparte, la ordenanza también recoge sanciones por otros comportamientos como hacer grafitis, pintadas...