El Ayuntamiento de Salou permite pedir licencias para actividades de restaurante musical en todo el término municipal
miércoles 08 febrero 2017
La comisión territorial de urbanismo ha dado el visto bueno a la medida que admite la apertura de esta nueva figura y se admiten las actividades de carácter extraordinario, previa autorización y comunicación
Después de casi un año de tramitación, el Ayuntamiento de Salou ha recibido la autorización definitiva para permitir la actividad musical en establecimientos de restauración en todo el término municipal. La novedad que incorpora esta modificación es que fuera del ámbito musical, es decir, en todo el término municipal, se admite la apertura de restaurantes musicales y se admiten las actividades de carácter extraordinario, previa autorización y comunicación prevista legalmente.
Sin embargo, esta modificación mantiene la limitación establecida con carácter general respecto de las actividades musicales (discotecas, bares-musicales etc.), que siguen sólo siendo admitidas dentro del ámbito musical comprendido entre la Avenida Andorra, Autovía Tarragona, calle Pompeu Fabra , calle Vendrell y calle Torremolinos, y en la zona de uso comercial situada en la calle Punta del Caballo frente al Hotel Cap Salou.
Según han señalado desde el departamento de licencias se determina la figura del restaurante musical como "la actividad que se realiza en un local que ofrece servicio de restaurante, con ambientación musical, reproducida o producida en directo, con los límites que determine la normativa específica sobre contaminación acústica ". Para el concejal competente del área, Jesús Barragán, "este replanteamiento viene dado por una necesidad de actualización del tipo de oferta que podemos dar al municipio para que los tiempos cambian y nuestra normativa estaba obsoleta en este sentido" y añadió que "en todo caso habrá que elaborar y aportar un proyecto técnico con el contenido mínimo previsto por la normativa vigente, entre otra documentación técnica".
Los modelos e instancias para la tramitación están disponibles en http://www.ov.salou.cat/
El pasado 27 de enero se publicó en el DOGC el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona de aprobación definitiva de la Modificación Puntual del arte. 358 del POUM a efectos de permitir a todo el término municipal la actividad de restaurante musical, así como la regulación de las actividades extraordinarias en Salou, con ejecución inmediata.
Como tramitarlo?
Para poder llevar a cabo esta tramitación habrá que hacer un régimen de licencia o comunicación, en función del aforo y de otras variables de carácter técnico. Las actividades de carácter extraordinario se podrán solicitar y tramitar mediante el procedimiento de licencia de actividad extraordinaria.
Tipo de actividades incluidas con carácter extraordinario:
- Actuaciones musicales en directo, espectáculos musicales, actividades recreativas, bailes, folclore popular, espectáculo de magia, teatro, monólogos y otras de características similares, realizados dentro de los establecimientos privados cerrados.
- En espacios abiertos de carácter privado como toldos, jardines y terrazas abiertas, sólo se podrán realizar si se encuentran apartados de los núcleos habitados, para que no causen molestias, previa valoración de caso por caso, mediante estudio de impacto acústico y con las correspondientes restricciones horarias.
- No están incluidas las actividades que se realicen en la vía pública y/o espacios públicos, en recintos cerrados en la vía pública y las actividades deportivas y recreativas realizadas dentro de polideportivos o espacios y locales públicos.
Condiciones:
- Las actividades se deben realizar dentro del calendario de fiestas: fiesta mayor de verano, verbenas de San Juan, Fiesta mayor de invierno, Noches doradas, fin de año, días festivos de Semana Santa, y días festivos de Navidad.
- En el caso de la actividad extraordinaria se realice fuera del calendario de fiestas y verbenas populares, la competencia para autorizar la es de la Generalidad de Cataluña, por lo que se efectuará la oportuna envío.
- La licencia se solicitará mínimo con un mes de antelación a la fecha de la celebración.
- Número máximo de espectáculos o actividades recreativas de carácter extraordinario es de 12 al año. Se pueden solicitar de forma conjunta o individualizada.
La documentación a aportar y otras condiciones se puede encontrar en la web municipal. Asimismo se puede contactar con el Punto de Información de Actividades para cualquier duda que surja.